- Ser productor de café en calidad de propietario, arrendatario o aparcero con contrato mínimo a tres años; que el productor tenga cédula cafetera y esté registrado en el SICA.
- Pagar una cuota de admisión equivalente al 5% de un S.M.L.V. (se paga una sola vez)
- Producir mínimo 40 arrobas de café al año
- Pagar una cuota de aportes sociales equivalentes al 15% (se paga una sola vez).








