- Ser productor de café en calidad de propietario o arrendatario con contrato mínimo a tres años. Sobre el predio objeto de arrendamiento no podrá haber más de dos (2) asociados.
- Declarar una producción mínima de 70 arrobas de café por año.
- Pagar una cuota de admisión equivalente al 5% del salario mínimo mensual legal vigente.
- Suscribir y pagar el equivalente al 15% del salario mínimo legal mensual vigente para aportes.